Venezuela cuenta con decreto para intercambio comercial en torno al Petro
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Venezuela cuenta con decreto para intercambio comercial en torno al Petro
Venezuela cuenta con decreto para intercambio comercial en torno al Petro
El texto legal, que fue presentado en marzo por el vicepresidente de la República, Tareck El Aissami, define las facultades del Estado para la creación y manejo de criptoactivos, así como el carácter soberano del Petro.
Con este instrumento, compuesto por 12 artículos, se garantiza el uso de criptoactivos entre personas naturales y jurídicas, tanto en el sector público como en el privado, en el manejo de bienes y servicios.
En ese sentido, el decreto faculta al Estado para el uso y regulación de criptoactivos, al facilitarle la creación de instancias como casas de cambio virtuales y la constitución de géneros de criptoactivos.
Toda esta labor será coordinada por la Superintendencia de Criptoactivos y Actividades Conexas Venezolana, órgano de control que velará por el legal funcionamiento de las actividades en torno al Petro, y la Tesorería de Criptoactivo, instancia facultada para captación y recaudación de recursos.
El desarrollo de los criptoactivos en el país también incluye la obligatoriedad de publicar el llamado libro blanco, documento que establece los objetivos y bases del mecanismo a crear.
El Petro, un mecanismo soberano
En su artículo 5, el decreto define al Petro como un "criptoactivo soberano, respaldado y emitido por la República Bolivariana de Venezuela sobre una plataforma sobre una plataforma de cadenas de bloques federadas, intercambiables por bienes y servicios y por dinero fiduciario de exchanges nacionales e internacionales".
Con esta criptomoneda se busca promover una economía digital independiente y abierta a la participación de los ciudadanos, a fin de impulsar un nuevo ecosistema económico basado "en la confianza, integridad, transparencia, eficiencia y rapidez que garantiza la tecnología" propia de estos mecanismos de intercambio financiero "como instrumento de intercambio de ahorro y de inversión y como plataforma tecnológica".
En esa línea, se aprueba la creación de casas de cambio virtuales y el registro de mineros virtuales, así como otros entes dedicados al intercambio en criptomonedas y criptoactivos debidamente regulados.
El Petro, además, está respaldado por 5.000 millones de barriles de petróleo del bloque Ayacucho I de la Faja Petrolífera del Orinoco "Hugo Chávez".
Aunado a las riquezas que sustentan su valor, el Petro cuenta con un soporte institucional a cargo del Estado venezolano, que tiene el deber de garantizar su uso para transacciones comerciales.
Los entes públicos, además, tendrá 120 días a partir de la publicación de decreto en Gaceta Oficial para adecuarse al uso de la referida criptomoneda.
Fuente: AVN
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Foto ©AVN
AVN |.- La Asamblea Nacional Constituyente (ANC) aprobó este miércoles el decreto constituyente del Petro y demás criptoactivos, destinado a establecer las bases para la creación circulación y uso de estos mecanismos alternativos en la actividad financiera y comercial.El texto legal, que fue presentado en marzo por el vicepresidente de la República, Tareck El Aissami, define las facultades del Estado para la creación y manejo de criptoactivos, así como el carácter soberano del Petro.
Con este instrumento, compuesto por 12 artículos, se garantiza el uso de criptoactivos entre personas naturales y jurídicas, tanto en el sector público como en el privado, en el manejo de bienes y servicios.
En ese sentido, el decreto faculta al Estado para el uso y regulación de criptoactivos, al facilitarle la creación de instancias como casas de cambio virtuales y la constitución de géneros de criptoactivos.
Toda esta labor será coordinada por la Superintendencia de Criptoactivos y Actividades Conexas Venezolana, órgano de control que velará por el legal funcionamiento de las actividades en torno al Petro, y la Tesorería de Criptoactivo, instancia facultada para captación y recaudación de recursos.
El desarrollo de los criptoactivos en el país también incluye la obligatoriedad de publicar el llamado libro blanco, documento que establece los objetivos y bases del mecanismo a crear.
El Petro, un mecanismo soberano
En su artículo 5, el decreto define al Petro como un "criptoactivo soberano, respaldado y emitido por la República Bolivariana de Venezuela sobre una plataforma sobre una plataforma de cadenas de bloques federadas, intercambiables por bienes y servicios y por dinero fiduciario de exchanges nacionales e internacionales".
Con esta criptomoneda se busca promover una economía digital independiente y abierta a la participación de los ciudadanos, a fin de impulsar un nuevo ecosistema económico basado "en la confianza, integridad, transparencia, eficiencia y rapidez que garantiza la tecnología" propia de estos mecanismos de intercambio financiero "como instrumento de intercambio de ahorro y de inversión y como plataforma tecnológica".
En esa línea, se aprueba la creación de casas de cambio virtuales y el registro de mineros virtuales, así como otros entes dedicados al intercambio en criptomonedas y criptoactivos debidamente regulados.
El Petro, además, está respaldado por 5.000 millones de barriles de petróleo del bloque Ayacucho I de la Faja Petrolífera del Orinoco "Hugo Chávez".
Aunado a las riquezas que sustentan su valor, el Petro cuenta con un soporte institucional a cargo del Estado venezolano, que tiene el deber de garantizar su uso para transacciones comerciales.
Los entes públicos, además, tendrá 120 días a partir de la publicación de decreto en Gaceta Oficial para adecuarse al uso de la referida criptomoneda.
| AVN.info.ve
Fuente: AVN
Re: Venezuela cuenta con decreto para intercambio comercial en torno al Petro
Me gustaría saber como puedo adquirir petros y dónde puedo ver su cotización diariamente, para hacerle un seguimiento
Harry King
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