Comercios de alimentos deberán exhibir listas de precios en la entrada

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Mensaje por redpres.com 2012-05-29, 11:41 am

Comercios de alimentos deberán exhibir listas de precios en la entrada

29 Mayo 2012 | LaVerdad.com

Comercios de alimentos deberán exhibir listas de precios en la entrada 3198b
Consuelo Cerrada, presidenta del Indepabis, fue entrevistada hoy en el canal del Estado,
Venezolana de Televisión. (Foto: Archivo Laverdad.com)

Consuelo Cerrada, presidenta del Indepabis, indicó que desde el 18 de junio los negocios deberán cargar la lista de precios en el Sistema Único de Registro. Indicó que los establecimientos que cargaron un precio y luego aumentaron los costos sin aclararlos serán sancionados

Los dueños de establecimientos comerciales de alimentos y bebidas están obligados a exhibir en la entrada del local y en un lugar visible una lista de precios de los productos ofrecidos para que el usuario conozca el monto de lo que va a pagar, informó hoy la presidenta del Instituto para la Defensa para la Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), Consuelo Cerrada.

Además, a partir del 18 de junio todos los negocios que expenden alimentos deberán cargar esta lista de precios en el Sistema Único de Registro que estará disponible en la página web del Indepabis ( www.indepabis.gob.ve ).

La funcionaria explicó que la carga de los costos deberá discriminar lo concerniente al Impuesto al Valor Agregado (IVA), así como al 10 por ciento del servicio.

"Este sistema de registro permitirá identificar entre cada uno de los establecimientos el que tiene ese 10% del servicio incluido dentro del precio y el que va a discriminar este monto en la carga del precio de su producto", indicó.

Mencionó que el primer paso del registro es a través del Registro de Identificación Fiscal (RIF), bien sea personal o comercial, luego se cargará la lista de precios, después se tendrá la posibilidad de guardar los datos y terminar el proceso en otro momento, imprimir u obtener la lista de precios ya cargada.

Dijo que los establecimientos que cargaron un precio y luego aumentaron los costos, pero no fueron aclarados durante el registro, serán sancionados.

De acuerdo con la resolución Nº 39.922, publicada en la Gaceta Oficial el 15 de mayo, los establecimientos de alimentos y bebidas deben notificar por escrito los precios de los artículos al Indepabis.

"No vinimos a regular los precios, sino a exhortarlos a colocar en la entrada y en el interior del establecimiento en lugares visibles la lista de precios, además deben notificar estos precios al Indepabis", puntualizó.

Cerrada añadió que con la publicación de esta lista el consumidor podrá tomar la decisión de adquirir o no los productos ofrecidos a tales precios.

Aclaró que esta resolución abarca a los establecimientos tanto grandes como pequeños, al mismo tiempo dijo que la lista de precios a publicar debe medir 80 centímetros de ancho por 80 centímetros de alto, escrito en letra Tahoma igual o superior en 36 puntos, en idioma castellano, expresado en bolívares y en tinta indeleble.

Además, el Indepabis identificará a los establecimientos de alimentos y bebidas con un cartel que dirá "Si Cumple" o "No Cumple" con la resolución Nº 39.922.


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Fuente: Diario La Verdad

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