TSJ acata exhorto del Consejo de Defensa de la Nación y modifica sentencia sobre la AN
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TSJ acata exhorto del Consejo de Defensa de la Nación y modifica sentencia sobre la AN
TSJ acata exhorto del Consejo de Defensa de la Nación y modifica sentencia sobre la AN
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AVN |.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) acató el exhorto realizado la noche de este viernes por el Consejo de Defensa de la Nación, en aras de preservar la institucionalidad en el país.
Tras un impasse entre el Poder Ciudadano y el Judicial, esta instancia, convocada por el Presidente Nicolás Maduro, acordó una serie de acciones entre las que destaca la revisión de las decisiones 155 y 156 emitida por la Sala Constitucional del máximo tribunal de la República, referentes a aspectos de la función parlamentaria.
El objetivo, indica el Consejo de Defensa en un comunicado, es mantener la estabilidad institucional y el equilibrio de Poderes, mediante los recursos contemplados en el ordenamiento jurídico venezolano.
Por ello, la Sala Constitucional del TSJ informó este sábado sobre la supresión del contenido sobre la inmunidad parlamentaria de la sentencia N° 155, emitida el pasado lunes 27 de marzo.
Este fallo surgió en respuesta al recurso de nulidad interpuesto por el coordinador del Bloque Parlamentario de la Patria, diputado Héctor Rodríguez, contra el acto de la Asamblea Nacional (AN) realizado el 21 de marzo, y en el que la derecha insistía sobre la aplicación írrita de la Carta Democrática contra Venezuela.
Ante la situación de desacato en la que se encuentra desde 2016 el Parlamento, la Sala Constitucional del TSJ en la sentencia Nº 155 definió los límites de la inmunidad parlamentaria y las condiciones del ejercicio de la función legislativa, mientras persista el desacato.
Este dictamen, señalado por la derecha como una "ruptura del orden constitucional", fue utilizado como excusa para justificar la activación de una nueva faceta de su plan de golpe de Estado, apoyado por factores externos. Para preservar la estabilidad y la paz del país, la Sala Constitucional del TSJ acata el exhorto del Consejo de Defensa de la Nación y suprime dicho contenido.
También se suprimió el punto de la sentencia N° 156, de fecha 29 de marzo de 2017, que establece que la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta o por el órgano que ella disponga, debido al desacato en el que se encuentra el Parlamento nacional, lo que le impide ejercer sus atribuciones.
El presidente del ente rector del Poder Judicial, magistrado Maikel Moreno, en la lectura de un comunicado, señaló que el TSJ "no ha despojado al Parlamento de sus funciones, así como tampoco lo ha disuelto o anulado, y reconoce la inmunidad parlamentaria como una garantía de la función legislativa, con las limitaciones que establece el texto constitucional".
Agregó que es "solo responsabilidad del órgano legislativo reasumir el válido ejercicio, legal y legítimo, de sus competencias constitucionales, al acatar las decisiones del Poder Judicial y someterse al estado de derecho".
Asimismo, el magistrado recordó que son cinco los Poder Públicos los que conforman al Estado venezolano, y estos funcionan de manera autónoma. Por este motivo, los conflictos que pudieran generarse entre estos poderes deben ser atendidos de conformidad con los preceptos establecidos en la carta magna.
En consonancia con el mandato constitucional —recalcó— el Poder Judicial, que tiene como deber blindar el Estado constitucional de derecho y el cumplimiento de los mandatos del texto fundamental, "no demostrará pasividad ante los ataques de los cuales pudiéramos ser objeto por parte de factores nacionales e internacionales, que hoy se alzan con una vocería tendenciosa y desconocedora de la soberanía".
Para preservar la estabilidad y la paz del país, la Sala Constitucional del TSJ también suprimió el punto 5.1.1 de la sentencia Nº 155, que hace referencia a las competencias otorgadas al Ejecutivo para la revisión de un conjunto de leyes.
En el comunicado, el Poder Judicial reitera la disposición al diálogo nacional y la resolución de controversias entre las distintas ramas del Poder Público conforme a lo previsto en la Constitución, para garantizar "la defensa de la Nación y la Constitución que el pueblo venezolano se dio para transitar el rumbo que irrevocablemente le corresponde en la historia: ser soberana, libre e independiente".
Fuente: AVN
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AVN |.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) acató el exhorto realizado la noche de este viernes por el Consejo de Defensa de la Nación, en aras de preservar la institucionalidad en el país.
Tras un impasse entre el Poder Ciudadano y el Judicial, esta instancia, convocada por el Presidente Nicolás Maduro, acordó una serie de acciones entre las que destaca la revisión de las decisiones 155 y 156 emitida por la Sala Constitucional del máximo tribunal de la República, referentes a aspectos de la función parlamentaria.
El objetivo, indica el Consejo de Defensa en un comunicado, es mantener la estabilidad institucional y el equilibrio de Poderes, mediante los recursos contemplados en el ordenamiento jurídico venezolano.
Por ello, la Sala Constitucional del TSJ informó este sábado sobre la supresión del contenido sobre la inmunidad parlamentaria de la sentencia N° 155, emitida el pasado lunes 27 de marzo.
Este fallo surgió en respuesta al recurso de nulidad interpuesto por el coordinador del Bloque Parlamentario de la Patria, diputado Héctor Rodríguez, contra el acto de la Asamblea Nacional (AN) realizado el 21 de marzo, y en el que la derecha insistía sobre la aplicación írrita de la Carta Democrática contra Venezuela.
Ante la situación de desacato en la que se encuentra desde 2016 el Parlamento, la Sala Constitucional del TSJ en la sentencia Nº 155 definió los límites de la inmunidad parlamentaria y las condiciones del ejercicio de la función legislativa, mientras persista el desacato.
Este dictamen, señalado por la derecha como una "ruptura del orden constitucional", fue utilizado como excusa para justificar la activación de una nueva faceta de su plan de golpe de Estado, apoyado por factores externos. Para preservar la estabilidad y la paz del país, la Sala Constitucional del TSJ acata el exhorto del Consejo de Defensa de la Nación y suprime dicho contenido.
También se suprimió el punto de la sentencia N° 156, de fecha 29 de marzo de 2017, que establece que la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta o por el órgano que ella disponga, debido al desacato en el que se encuentra el Parlamento nacional, lo que le impide ejercer sus atribuciones.
El presidente del ente rector del Poder Judicial, magistrado Maikel Moreno, en la lectura de un comunicado, señaló que el TSJ "no ha despojado al Parlamento de sus funciones, así como tampoco lo ha disuelto o anulado, y reconoce la inmunidad parlamentaria como una garantía de la función legislativa, con las limitaciones que establece el texto constitucional".
Agregó que es "solo responsabilidad del órgano legislativo reasumir el válido ejercicio, legal y legítimo, de sus competencias constitucionales, al acatar las decisiones del Poder Judicial y someterse al estado de derecho".
Asimismo, el magistrado recordó que son cinco los Poder Públicos los que conforman al Estado venezolano, y estos funcionan de manera autónoma. Por este motivo, los conflictos que pudieran generarse entre estos poderes deben ser atendidos de conformidad con los preceptos establecidos en la carta magna.
En consonancia con el mandato constitucional —recalcó— el Poder Judicial, que tiene como deber blindar el Estado constitucional de derecho y el cumplimiento de los mandatos del texto fundamental, "no demostrará pasividad ante los ataques de los cuales pudiéramos ser objeto por parte de factores nacionales e internacionales, que hoy se alzan con una vocería tendenciosa y desconocedora de la soberanía".
Para preservar la estabilidad y la paz del país, la Sala Constitucional del TSJ también suprimió el punto 5.1.1 de la sentencia Nº 155, que hace referencia a las competencias otorgadas al Ejecutivo para la revisión de un conjunto de leyes.
En el comunicado, el Poder Judicial reitera la disposición al diálogo nacional y la resolución de controversias entre las distintas ramas del Poder Público conforme a lo previsto en la Constitución, para garantizar "la defensa de la Nación y la Constitución que el pueblo venezolano se dio para transitar el rumbo que irrevocablemente le corresponde en la historia: ser soberana, libre e independiente".
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