¿Por qué el 20% requerido para la solicitud de Referendo Revocatorio se debe hacer por Estado?
REDPRES.COM :: ❯ :: NACIONALES
Página 1 de 1.
¿Por qué el 20% requerido para la solicitud de Referendo Revocatorio se debe hacer por Estado?
¿Por qué el 20% requerido para la solicitud de Referendo Revocatorio se debe hacer por Estado?
En este sentido, Alvarado aseveró que “El artículo 72 de la constitución diferencia claramente entre dos momentos diferentes, por una parte establece los requisitos de temporalidad y proporción para la solicitud y por otro lado hace referencia
a los requisitos de validez de los resultados de la jornada de referendo revocatorio“.
“Se entiende en Sistemas Electorales como distrito o circunscripción la división geográfica de la población electoral y en nuestro sistema electoral las circunscripciones se dividen por estados, municipios, parroquias y una circunscripción especial indígena”, continuó Alvarado.
Asimismo, puntualizó: “EL 20% requerido no se refiere al registro electoral consolidado nacional sino a la circunscripción por tanto está constitucionalmente regionalizado”.
De igual forma, Alvarado resaltó que la división geográfica en circunscripciones electorales tiene como fin “garantizar el principio democrático, de igualdad, y de proporcionalidad en atención a la base poblacional”.
“En cuanto al momento de la jornada de referendo y su validez el constituyente no consideró resultados por circunscripción, sino un consolidado de votos favorales al revocatorio de un número igual o mayor de electores que otorgaron el mandato, y una participación de un mínimo del 25% de electores inscritos sin discriminar por circunscripción electoral, para que se considere el mandato revocado“, dijo Alvarez.
En este orden de ideas, Alvarez concluyó: “Está absolutamente ajustada a derecho la distribución del 20% por circunscripción electoral en la fase de recolección de manifestaciones de voluntad para la solicitud de la activación del proceso de Referendo Revocatorio”.
Fuente: Noticias24
|
Foto ©Noticias24 / Archivo
Noticias24 |.- La Integrante del Movimiento para un Nuevo Constitucionalismo Americano, Olga Alvarez Alvarez, explicó que la recolección del 20 % por estado es constitucional de acuerdo a lo que dicta la Contitución.En este sentido, Alvarado aseveró que “El artículo 72 de la constitución diferencia claramente entre dos momentos diferentes, por una parte establece los requisitos de temporalidad y proporción para la solicitud y por otro lado hace referencia
a los requisitos de validez de los resultados de la jornada de referendo revocatorio“.
“Se entiende en Sistemas Electorales como distrito o circunscripción la división geográfica de la población electoral y en nuestro sistema electoral las circunscripciones se dividen por estados, municipios, parroquias y una circunscripción especial indígena”, continuó Alvarado.
Asimismo, puntualizó: “EL 20% requerido no se refiere al registro electoral consolidado nacional sino a la circunscripción por tanto está constitucionalmente regionalizado”.
De igual forma, Alvarado resaltó que la división geográfica en circunscripciones electorales tiene como fin “garantizar el principio democrático, de igualdad, y de proporcionalidad en atención a la base poblacional”.
“En cuanto al momento de la jornada de referendo y su validez el constituyente no consideró resultados por circunscripción, sino un consolidado de votos favorales al revocatorio de un número igual o mayor de electores que otorgaron el mandato, y una participación de un mínimo del 25% de electores inscritos sin discriminar por circunscripción electoral, para que se considere el mandato revocado“, dijo Alvarez.
En este orden de ideas, Alvarez concluyó: “Está absolutamente ajustada a derecho la distribución del 20% por circunscripción electoral en la fase de recolección de manifestaciones de voluntad para la solicitud de la activación del proceso de Referendo Revocatorio”.
| Noticias24.com
Fuente: Noticias24
REDPRES.COM :: ❯ :: NACIONALES
Página 1 de 1.
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.