TSJ mantiene suspensión de los diputados a la Asamblea Nacional de Amazonas
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TSJ mantiene suspensión de los diputados a la Asamblea Nacional de Amazonas
TSJ mantiene suspensión de los diputados a la Asamblea Nacional de Amazonas
Foto ©Archivo / Noticias24.comPrensa TSJ |.- La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, declaró sin lugar la oposición interpuesta por los ciudadanos Julio Ygarza, Nirma Guarulla y Romel Guzamana, candidatos a diputados a la Asamblea Nacional, en contra de la medida de amparo cautelar decretada el 30 de diciembre de 2015 en el juicio que esta Sala conoce por impugnación del proceso electoral celebrado el 6 de diciembre del pasado año.
El fallo mantiene vigente, la suspensión cautelar de los actos de totalización, adjudicación y proclamación de los diputados electos por voto nominal, voto lista y representación indígena en el estado Amazonas, hasta que se decida la acción principal de nulidad.
La sentencia explica que la Sala Electoral decidió en beneficio del interés general, mas no en el provecho particular por cuanto, la identidad del bien jurídico protegido cautelarmente recayó en el mencionado proceso electoral de repercusión nacional, por lo tanto, no se produjo una contraposición o conflicto de intereses que ameritara la aplicación de la técnica de ponderación.
En consecuencia, desestimó el alegato de ausencia de los requisitos de procedencia para el otorgamiento de la medida cautelar de amparo, por lo cual, la decisión número 260 del 30 de diciembre de 2015 se encuentra ajustada a derecho.
De igual forma, la Sala Electoral del TSJ, con ponencia del magistrado Malaquías Gil Rodríguez, declaró con lugar la solicitud de reposición planteada por el abogado Rosnell Vladimir Carrasco Baptista, además de que ordenó librar una nueva comisión judicial para la evacuación de los testigos respectivos, tomando en cuenta el término de la distancia, tal como lo contempla el artículo 400 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al procedimiento contencioso electoral por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Fuente: Prensa TSJ
| Prensa TSJ
Foto ©Archivo / Noticias24.com
El fallo mantiene vigente, la suspensión cautelar de los actos de totalización, adjudicación y proclamación de los diputados electos por voto nominal, voto lista y representación indígena en el estado Amazonas, hasta que se decida la acción principal de nulidad.
La sentencia explica que la Sala Electoral decidió en beneficio del interés general, mas no en el provecho particular por cuanto, la identidad del bien jurídico protegido cautelarmente recayó en el mencionado proceso electoral de repercusión nacional, por lo tanto, no se produjo una contraposición o conflicto de intereses que ameritara la aplicación de la técnica de ponderación.
En consecuencia, desestimó el alegato de ausencia de los requisitos de procedencia para el otorgamiento de la medida cautelar de amparo, por lo cual, la decisión número 260 del 30 de diciembre de 2015 se encuentra ajustada a derecho.
De igual forma, la Sala Electoral del TSJ, con ponencia del magistrado Malaquías Gil Rodríguez, declaró con lugar la solicitud de reposición planteada por el abogado Rosnell Vladimir Carrasco Baptista, además de que ordenó librar una nueva comisión judicial para la evacuación de los testigos respectivos, tomando en cuenta el término de la distancia, tal como lo contempla el artículo 400 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al procedimiento contencioso electoral por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
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