TSJ declara nula pretensión de la AN de remover magistrados
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TSJ declara nula pretensión de la AN de remover magistrados
TSJ declara nula pretensión de la AN de remover magistrados
AVN |.- El Tribunal Supremo de Justicia emitió una sentencia que declara nulo el informe aprobado el pasado jueves 14 de julio por los parlamentarios de la derecha en la Asamblea Nacional (AN), con el que pretendían dejar sin efectos el acto de designación y juramentación de 34 magistrados electos el 23 de diciembre de 2015.
En la sentencia 614, publicada este martes, señala que el acto del 23 de diciembre de 2015 conserva su total validez, por lo que los magistrados "permanecerán en sus cargos en el Tribunal Supremo de Justicia para el periodo constitucional correspondiente".
El Máximo Tribunal del país declara nulo el informe aprobado el pasado jueves 14 de julio por los parlamentarios de la derecha en la AN, con el que pretendían, violando la Constitución de la República, dejar sin efectos el acto de designación y juramentación de los 34 magistrados.
De acuerdo con el artículo 265 de la Constitución, la AN sólo podrá remover magistrados "mediante una mayoría calificada de las dos terceras partes de sus integrantes, previa audiencia concedida al interesado o interesada, en caso de faltas graves ya calificadas por el Poder Ciudadano, en los términos que la ley establezca", por lo que el informe aprobado por los parlamentarios de la derecha "carecer de validez, existencia y eficacia jurídica", agrega la sentencia.
En ese sentido, la sentencia —con ponencia de su Presidenta Magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado— anuló el acto parlamentario, y declara que cualquier comisión, artificio o acción que tenga por objeto anular la designación de los Magistrados y Magistradas, es írrito, nulo de toda nulidad y carente de validez, ya que subvierte el procedimiento constitucional para la remoción de Magistrados del TSJ.
El fallo anuló la convocatoria y la sesión de la Asamblea Nacional del 14 de julio de 2016, junto a los actos producidos en ella, y ordenó a la Junta Directiva, al resto de diputados incursos en las irregularidades señaladas en esta sentencia que acate el orden dispuesto en la Constitución, cuya vigencia y eficacia, ante estos actos que constituyen evidentes desviaciones de poder y fraudes constitucionales, será protegida de manera irrestricta por este Máximo Tribunal de la República, en tutela del Pueblo venezolano y de los intereses de la Nación, subraya el TSJ en nota de prensa.
Una copia certificada de esta sentencia será remitida Fiscalía General de la República, en razón de la posible comisión de delitos contra los poderes nacionales y la Administración de Justicia, entre otros bienes jurídicos tutelados y otras formas de responsabilidad jurídica.
Fuente: AVN
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Foto ©AVN
AVN |.- El Tribunal Supremo de Justicia emitió una sentencia que declara nulo el informe aprobado el pasado jueves 14 de julio por los parlamentarios de la derecha en la Asamblea Nacional (AN), con el que pretendían dejar sin efectos el acto de designación y juramentación de 34 magistrados electos el 23 de diciembre de 2015.
En la sentencia 614, publicada este martes, señala que el acto del 23 de diciembre de 2015 conserva su total validez, por lo que los magistrados "permanecerán en sus cargos en el Tribunal Supremo de Justicia para el periodo constitucional correspondiente".
El Máximo Tribunal del país declara nulo el informe aprobado el pasado jueves 14 de julio por los parlamentarios de la derecha en la AN, con el que pretendían, violando la Constitución de la República, dejar sin efectos el acto de designación y juramentación de los 34 magistrados.
De acuerdo con el artículo 265 de la Constitución, la AN sólo podrá remover magistrados "mediante una mayoría calificada de las dos terceras partes de sus integrantes, previa audiencia concedida al interesado o interesada, en caso de faltas graves ya calificadas por el Poder Ciudadano, en los términos que la ley establezca", por lo que el informe aprobado por los parlamentarios de la derecha "carecer de validez, existencia y eficacia jurídica", agrega la sentencia.
En ese sentido, la sentencia —con ponencia de su Presidenta Magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado— anuló el acto parlamentario, y declara que cualquier comisión, artificio o acción que tenga por objeto anular la designación de los Magistrados y Magistradas, es írrito, nulo de toda nulidad y carente de validez, ya que subvierte el procedimiento constitucional para la remoción de Magistrados del TSJ.
El fallo anuló la convocatoria y la sesión de la Asamblea Nacional del 14 de julio de 2016, junto a los actos producidos en ella, y ordenó a la Junta Directiva, al resto de diputados incursos en las irregularidades señaladas en esta sentencia que acate el orden dispuesto en la Constitución, cuya vigencia y eficacia, ante estos actos que constituyen evidentes desviaciones de poder y fraudes constitucionales, será protegida de manera irrestricta por este Máximo Tribunal de la República, en tutela del Pueblo venezolano y de los intereses de la Nación, subraya el TSJ en nota de prensa.
Una copia certificada de esta sentencia será remitida Fiscalía General de la República, en razón de la posible comisión de delitos contra los poderes nacionales y la Administración de Justicia, entre otros bienes jurídicos tutelados y otras formas de responsabilidad jurídica.
| AVN.info.ve
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