Venezuela blinda derechos sociales con Decreto de Emergencia Económica
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Venezuela blinda derechos sociales con Decreto de Emergencia Económica
Venezuela blinda derechos sociales con Decreto de Emergencia Económica
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AVN |.- El Decreto de Emergencia Económica aprobado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, tiene como objetivo fundamental proteger los derechos de salud, vivienda, educación y alimentación de todos los venezolanos y, con ello, garantizar su progresividad en un escenario de baja de 70% en los precios del petróleo que se agrava con la ola especulativa y de inflación inducida por sectores del comercio y la industria, vinculados a partidos políticos de derecha.
La exposición de motivos de este Decreto, leída este viernes por el vicepresidente para el Área Económica, Luis Salas, desde el Palacio de Miraflores, en Caracas, refiere que las medidas a tomar por el Gobierno Nacional "deben ser de una gran magnitud e impacto en la economía nacional y de carácter estructural, sin afectar los derechos a la vida digna a la salud, la alimentación, la educación, el trabajo, y todos aquellos reivindicados a los venezolanos y venezolanas por la Revolución Bolivariana mediante la lucha de clases que impuso la voluntad del pueblo por sobre los intereses particulares de la burguesía".
En su primer artículo, este Decreto contempla que el Ejecutivo, dentro de las atribuciones que le otorga la Constitución, puede adoptar "medidas oportunas que permitan atender eficazmente la situación excepcional extraordinaria y coyuntural por la cual atraviesa la economía venezolana".
También establece, por encima de cualquier interés particular, el disfrute pleno del pueblo venezolano "de sus derechos y el libre acceso a bienes y servicios fundamentales e, igualmente, mitigar los efectos de la inflación inducida, de la especulación, del valor ficticio de la divisa, el sabotaje a los sistemas de distribución de bienes y servicios".
Además busca "contrarrestar las consecuencias de la guerra de los precios petroleros, que ha logrado germinar al calor de la volátil situación geopolítica internacional actual, generando una grave crisis económica".
Recursos para salud y vivienda
Salas informó que este Decreto asignará recursos extraordinarios, establecidos o no en la Ley de Presupuesto, para afianzar el derecho a la salud, la alimentación y la vivienda e impulsar la producción nacional.
Indicó que el Presidente de la República también podrá disponer de los recursos convenientes de la economía presupuestaria del 2015, con el fin de sufragar la inversión social en materia de infraestructura productiva, agrícola, industrial y de abastecimiento.
De acuerdo con el artículo 2 del texto, el Gobierno Nacional también tiene la potestad de recurrir a las empresas del sector público y privado para incrementar sus niveles de producción y garantizar los alimentos y bienes esenciales a la población.
Asimismo, podrá diseñar e implementar las medidas necesarias, de aplicación inmediata, para reducir la evasión fiscal, estimular la inversión extranjera en beneficio del desarrollo del aparato productivo nacional e impulsar la exportación de rubros no tradicionales como mecanismos para generar fuente de empleo, divisas e ingresos para la nación.
Esta resolución facilita los trámites para el manejo de mercancía, pues el Ejecutivo Nacional podrá flexibilizar los procedimientos administrativos para importación y nacionalización de productos e implementar medidas especiales para agilizar su tránsito por puertos y aeropuertos del país.
El Gobierno, igualmente, podrá facilitar los trámites cambiaros establecidos por el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) y el Banco Central de Venezuela (BCV) a los organismos públicos y privados, para garantizar la importación de bienes o insumos indispensables para la reactivación productiva y el aumento de la capacidad tecnológica venezolana.
Dentro de las medidas, se incluye el desarrollo, fortalecimiento y protección del sistema de misiones y grandes misiones socialistas, a través de la incorporación de los pequeños y medianos productores nacionales.
El decreto contempla, además, la adopción de todas las medidas que sean necesarias para asegurar el acceso oportuno a alimentos, medicinas y demás bienes de primera necesidad a los venezolanos, así como a todos los servicios básicos requeridos para el disfrute pleno de sus derechos.
Finalmente, ajusta "las modalidades y requisitos propios del régimen de contrataciones públicas a los órganos y entes contratantes, a fin de agilizar las compras del Estado que revistan de carácter de urgencia".
Gobierno del pueblo
Durante la presentación de este Decreto, el vicepresidente Salas expresó: "son medidas que están tomadas para proteger al pueblo, no para ir contra el pueblo. Queremos reafirmar la confianza del pueblo venezolano en el Gobierno revolucionario. Este es un gobierno del pueblo, para el pueblo, que se debe al pueblo y trabajamos para proteger al pueblo".
Llamó a los venezolanos a tener optimismo y esperanza en la resolución, publicada este viernes en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.214, que busca consolidar a la Venezuela productiva, independiente e incluyente.
Este Decreto tendrá una duración de 60 días prorrogables por 60 días más y será remitido a la Asamblea Nacional (AN) para su consideración y aprobación, dentro de los ocho días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Orgánica Sobre Estados de Excepción.
Igualmente, será remitido a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para que se pronuncie sobre su constitucionalidad, dentro de los ocho días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial, de conformidad con el artículo 31 de la Ley Orgánica Sobre Estados de Excepción.
Fuente: AVN
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AVN |.- El Decreto de Emergencia Económica aprobado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, tiene como objetivo fundamental proteger los derechos de salud, vivienda, educación y alimentación de todos los venezolanos y, con ello, garantizar su progresividad en un escenario de baja de 70% en los precios del petróleo que se agrava con la ola especulativa y de inflación inducida por sectores del comercio y la industria, vinculados a partidos políticos de derecha.
La exposición de motivos de este Decreto, leída este viernes por el vicepresidente para el Área Económica, Luis Salas, desde el Palacio de Miraflores, en Caracas, refiere que las medidas a tomar por el Gobierno Nacional "deben ser de una gran magnitud e impacto en la economía nacional y de carácter estructural, sin afectar los derechos a la vida digna a la salud, la alimentación, la educación, el trabajo, y todos aquellos reivindicados a los venezolanos y venezolanas por la Revolución Bolivariana mediante la lucha de clases que impuso la voluntad del pueblo por sobre los intereses particulares de la burguesía".
En su primer artículo, este Decreto contempla que el Ejecutivo, dentro de las atribuciones que le otorga la Constitución, puede adoptar "medidas oportunas que permitan atender eficazmente la situación excepcional extraordinaria y coyuntural por la cual atraviesa la economía venezolana".
También establece, por encima de cualquier interés particular, el disfrute pleno del pueblo venezolano "de sus derechos y el libre acceso a bienes y servicios fundamentales e, igualmente, mitigar los efectos de la inflación inducida, de la especulación, del valor ficticio de la divisa, el sabotaje a los sistemas de distribución de bienes y servicios".
Además busca "contrarrestar las consecuencias de la guerra de los precios petroleros, que ha logrado germinar al calor de la volátil situación geopolítica internacional actual, generando una grave crisis económica".
Recursos para salud y vivienda
Salas informó que este Decreto asignará recursos extraordinarios, establecidos o no en la Ley de Presupuesto, para afianzar el derecho a la salud, la alimentación y la vivienda e impulsar la producción nacional.
Indicó que el Presidente de la República también podrá disponer de los recursos convenientes de la economía presupuestaria del 2015, con el fin de sufragar la inversión social en materia de infraestructura productiva, agrícola, industrial y de abastecimiento.
De acuerdo con el artículo 2 del texto, el Gobierno Nacional también tiene la potestad de recurrir a las empresas del sector público y privado para incrementar sus niveles de producción y garantizar los alimentos y bienes esenciales a la población.
Asimismo, podrá diseñar e implementar las medidas necesarias, de aplicación inmediata, para reducir la evasión fiscal, estimular la inversión extranjera en beneficio del desarrollo del aparato productivo nacional e impulsar la exportación de rubros no tradicionales como mecanismos para generar fuente de empleo, divisas e ingresos para la nación.
Esta resolución facilita los trámites para el manejo de mercancía, pues el Ejecutivo Nacional podrá flexibilizar los procedimientos administrativos para importación y nacionalización de productos e implementar medidas especiales para agilizar su tránsito por puertos y aeropuertos del país.
El Gobierno, igualmente, podrá facilitar los trámites cambiaros establecidos por el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) y el Banco Central de Venezuela (BCV) a los organismos públicos y privados, para garantizar la importación de bienes o insumos indispensables para la reactivación productiva y el aumento de la capacidad tecnológica venezolana.
Dentro de las medidas, se incluye el desarrollo, fortalecimiento y protección del sistema de misiones y grandes misiones socialistas, a través de la incorporación de los pequeños y medianos productores nacionales.
El decreto contempla, además, la adopción de todas las medidas que sean necesarias para asegurar el acceso oportuno a alimentos, medicinas y demás bienes de primera necesidad a los venezolanos, así como a todos los servicios básicos requeridos para el disfrute pleno de sus derechos.
Finalmente, ajusta "las modalidades y requisitos propios del régimen de contrataciones públicas a los órganos y entes contratantes, a fin de agilizar las compras del Estado que revistan de carácter de urgencia".
Gobierno del pueblo
Durante la presentación de este Decreto, el vicepresidente Salas expresó: "son medidas que están tomadas para proteger al pueblo, no para ir contra el pueblo. Queremos reafirmar la confianza del pueblo venezolano en el Gobierno revolucionario. Este es un gobierno del pueblo, para el pueblo, que se debe al pueblo y trabajamos para proteger al pueblo".
Llamó a los venezolanos a tener optimismo y esperanza en la resolución, publicada este viernes en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.214, que busca consolidar a la Venezuela productiva, independiente e incluyente.
Este Decreto tendrá una duración de 60 días prorrogables por 60 días más y será remitido a la Asamblea Nacional (AN) para su consideración y aprobación, dentro de los ocho días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Orgánica Sobre Estados de Excepción.
Igualmente, será remitido a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para que se pronuncie sobre su constitucionalidad, dentro de los ocho días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial, de conformidad con el artículo 31 de la Ley Orgánica Sobre Estados de Excepción.
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