Contralora: "López no podrá ejecer cargos aunque sea electo"

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Mensaje por redpres.com 2011-10-18, 8:52 am

Contralora: "López no podrá ejecer cargos aunque sea electo"

18 Octubre 2011 | Analítica

Contralora: "López no podrá ejecer cargos aunque sea electo" 3096394

La contralora general de la República (e), Adelina González, aclaró que el dirigente de Voluntad Popular, Leopoldo López, no podrá desempeñar cargos de elección pública a pesar de mantener sus derechos de elegir y ser elegido en unos comicios. Esa es la interpretación que hace de la sentencia del TSJ tras la orden de la CIDH de habilitarlo

"No hay ningún limbo jurídico, cuando (la sentencia) dice que el señor López no tiene una limitación política en sus derechos, tiene una limitación temporal para desempeñar cargos públicos, eso es lo que dice el articulo 105 de la Ley de Contraloría”, dijo en VTV.

González indicó que López no puede desempeñar un cargo público, por que es lo que estaría limitado. “Es la disposición de la ley, ha ejercido sus derechos políticos, ha constituido partidos políticos, participado en elecciones internas de sus partidos políticos, es presidente del partido que el conformó, también participó cuando estaba en Un Nuevo Tiempo”.

“Si deciden postularlo a lo mejor la gente la elige y votan por él, pero no puede desempeñar cargos públicos”, sentenció.

Manifestó que en su despacho “siempre hemos actuado ajustados a derecho, siguiendo un procedimiento. No inventamos para el caso de Leopoldo López, el caso está escrito en la ley y desarrollado en su reglamento es una garantía del debido proceso y el derecho a la defensa”.

Para la contralora “la decisión del TSJ es lógica, habíamos señalado que cuando la CIDH dictó su decisión, que entró a decir que no se iba a pronunciar sobre los hechos por los que Venezuela los sancionó, la sentencia tenía una cantidad de contradicciones”.

González negó que Venezuela esté al margen de las disposiciones internacionales, alegando que cuando se suscribe un convenio internacional o una convención, “todas parten de que el Estado que suscribe es soberano y todas esas disposiciones deben aplicarse en el marco de esos principios”.


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Fuente: Analítica

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