11 datos sobre la reducción del cupo de divisas de viajes
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11 datos sobre la reducción del cupo de divisas de viajes
11 datos sobre la reducción del cupo de divisas de viajes
Foto ©entornointeligente.com
El Nacional |.- Este viernes salió publicada una providencia conjunta del Ministerio de Economía y Finanzas y el Cencoex, en la Gaceta Oficial número 40.636, en la que se establece la reducción del cupo electrónico de viajes al exterior y la fragmentación del electrónico, que se mantiene en 300 dólares. A continuación las claves contenidas en la normativa:
1. El cupo máximo de asignación de divisas para viajes al exterior se redujo de 3.000 a 2.500 dólares.
2. El cupo para viajes al exterior sólo podrá ser tramitado ante la banca pública.
3. Los usuarios que soliciten adquisición de divisas, que por efecto de la misma deban sustituir su operador cambiario autorizado por una institución bancaria del sector público, no les será exigida la antigüedad de 6 meses, siempre que realicen el cambio en el año fiscal 2015.
4. Los usuarios que deban afectuar el cambio de su banco contarán con un lapso de 30 días para continuar haciendo uso de su operador cambiario. Vencido el lapso, solo podrán operar a través de las instituciones públicas.
5. Para Estados Unidos la máxima asignación de divisas será de 700 dólares.
6. Para los viajeros que tienen como destino África, Asia, Europa y Oceanía, la asignación será de 1.000 a máximo 2.000 dólares.
7. Para Canadá, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras y países integrantes de Alba y Mercosur, la asignación será de 700 dólares a 1.500 dólares.
8. Para Aruba, Belice, Bonaire, Colombia, Costa Rica, Curazao, Guayana, México y Panamá, Perú y Surinam, la asignación será de mínimo 300 dólares a máximo 525 dólares.
9. El tipo de cambio aplicable seguirá siendo el fijado por el Sicad para el momento de la operación con la tarjeta de crédito.
10. Las solicitudes efectuadas con fecha anterior de la entrada en vigencia de la presente providencia y cuyo estatus sea de "Recibido" por el banco, se regirán por las condiciones previstas en la providencia anterior (número 125).
11. El monto máximo para retirar de los cajeros automáticos en el exterior será de 200 dólares.
Fuente: El Nacional
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El Nacional |.- Este viernes salió publicada una providencia conjunta del Ministerio de Economía y Finanzas y el Cencoex, en la Gaceta Oficial número 40.636, en la que se establece la reducción del cupo electrónico de viajes al exterior y la fragmentación del electrónico, que se mantiene en 300 dólares. A continuación las claves contenidas en la normativa:
1. El cupo máximo de asignación de divisas para viajes al exterior se redujo de 3.000 a 2.500 dólares.
2. El cupo para viajes al exterior sólo podrá ser tramitado ante la banca pública.
3. Los usuarios que soliciten adquisición de divisas, que por efecto de la misma deban sustituir su operador cambiario autorizado por una institución bancaria del sector público, no les será exigida la antigüedad de 6 meses, siempre que realicen el cambio en el año fiscal 2015.
4. Los usuarios que deban afectuar el cambio de su banco contarán con un lapso de 30 días para continuar haciendo uso de su operador cambiario. Vencido el lapso, solo podrán operar a través de las instituciones públicas.
5. Para Estados Unidos la máxima asignación de divisas será de 700 dólares.
6. Para los viajeros que tienen como destino África, Asia, Europa y Oceanía, la asignación será de 1.000 a máximo 2.000 dólares.
7. Para Canadá, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras y países integrantes de Alba y Mercosur, la asignación será de 700 dólares a 1.500 dólares.
8. Para Aruba, Belice, Bonaire, Colombia, Costa Rica, Curazao, Guayana, México y Panamá, Perú y Surinam, la asignación será de mínimo 300 dólares a máximo 525 dólares.
9. El tipo de cambio aplicable seguirá siendo el fijado por el Sicad para el momento de la operación con la tarjeta de crédito.
10. Las solicitudes efectuadas con fecha anterior de la entrada en vigencia de la presente providencia y cuyo estatus sea de "Recibido" por el banco, se regirán por las condiciones previstas en la providencia anterior (número 125).
11. El monto máximo para retirar de los cajeros automáticos en el exterior será de 200 dólares.
| El-Nacional.com
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